Visado R-1 para trabajadores religiosos con trabajo irregular y no remunerado
Beneficiario (trabajador religioso): El Sr. Chang es de Taiwán y se le concedió un visado de trabajo R-1 por dos años.
Solicitante (Comunidad religiosa estadounidense): La Iglesia R de Nueva York, Nueva York, EE UU: Fundada en 1925, la Iglesia R tiene siete clérigos y se dedica al trabajo misionero no asalariado.
Dificultades
Las solicitudes de prórroga plantean dificultades.
1. Mantener el estatuto legal de trabajador religioso R-1
Una de las claves de la solicitud de prórroga es demostrar que se mantenía previamente la situación legal. Sin embargo, la Iglesia R, donde el Sr. Zhang trabajó después de llegar a Nueva York, no paga al Sr. Zhang, y no hay pruebas de salario o declaraciones de impuestos; además, la misión del Sr. Zhang no tiene un horario de trabajo establecido o un plan de trabajo, y el Sr. Zhang no tiene su base en Nueva York, y a menudo viaja entre diferentes estados sin una residencia o paradero fijo. ¿Cómo podríamos probar que el Sr. Zhang había ejercido una profesión religiosa durante esos dos años? Esto supuso un gran reto para el equipo del Sr. Zang. En respuesta a la falta de pruebas documentales directas para este tipo de prórroga, que es diferente de un visado de trabajo regular, el Sr. Zang fue capaz de proporcionar una gran cantidad de pruebas circunstanciales para demostrar que el Sr. Zhang estaba trabajando regularmente durante este tiempo y mantuvo su estatus legal R-1.
2. Propensión del beneficiario a emigrar
El R-1 es un visado de no inmigrante que no permite la “doble intención” y exige el regreso al país de residencia al expirar el periodo de estancia. El Sr. Zhang ya ha solicitado la inmigración a través de su familia y está a la espera de que se programe su cuota de inmigración. Antes de esta solicitud de prórroga, la cuota de inmigración del Sr. Zhang se programará en el próximo 1 año. ¿Cómo convencer a la oficina de inmigración para que apruebe esta prórroga? Esta gran dificultad se vio reforzada al basarse en el carácter vinculante previamente establecido por el Sr. Zhang de regresar a su país de origen, haciendo hincapié en que el Sr. Zhang cumpliría y regresaría a su país de origen una vez que completara su trabajo misionero a corto plazo en Estados Unidos.
3. Capacidad del beneficiario para “autoafianzarse”
En virtud de la ley de inmigración, los grupos religiosos estadounidenses deben proporcionar materiales que demuestren la capacidad de pagar o compensar a los trabajadores religiosos.
En este caso, la iglesia R ofreció al Sr. Chang el puesto de pastor adjunto, pero no tenía intención de pagarle un salario ni indemnización alguna. En el artículo anterior, “Conceden un visado R-1 de dos años a un pastor de Taiwán porque su iglesia no le paga el sueldo”, explicábamos este caso especial de impago por parte del empleador.
¿Cómo va a sufragar los gastos del Sr. Zhang en EE.UU. el trabajo no remunerado que le proporciona la iglesia, teniendo en cuenta la larga duración de su periodo R-1 de dos años y sus futuras prórrogas, y el hecho de que la iglesia donde trabaja el Sr. Zhang está situada en la ciudad de Nueva York, donde el coste de la vida es alto y los gastos son elevados? ¿No se convertirá en una carga pública para los Estados Unidos?
La prórroga fue respondida con una solicitud de documentos adicionales (RFE) por parte del USCIS, centrada en cuestionar este punto. En respuesta a esta debilidad, reforzamos la asignación no salarial de la iglesia, el alojamiento y la manutención proporcionados por los amigos del Sr. Zhang, la capacidad financiera de la familia del Sr. Zhang, y contratamos a un contable (CPA) para que realizara una auditoría financiera, que finalmente demostró que la situación financiera del Sr. Zhang seguía siendo lo suficientemente buena como para sufragar sus gastos en Estados Unidos.
Este caso fue difícil y una extensión R-1 muy difícil, sin embargo, con los esfuerzos conjuntos de nuestro equipo, no nos dimos por vencidos en este complicado caso y utilizamos más paciencia para descubrir más documentos de apoyo, y finalmente, ayudamos con éxito al Sr. Zhang con su extensión R-1.
Resultado
Tras una preparación minuciosa y meticulosa, la petición de prórroga R-1 del Sr. Zhang fue aprobada por el USCIS después de 13 meses de presentación de solicitudes y solicitudes adicionales. Se le concedió un periodo de trabajo de dos años y medio en Estados Unidos. En total, las dos peticiones R-1 del Sr. Zhang le han valido un estatuto legal en Estados Unidos durante casi cinco años. El Sr. Zhang y su familia expresaron su más sincero agradecimiento y por fin pudieron permanecer en Estados Unidos con tranquilidad.
Comentó el abogado Joseph Tsang:
El visado de trabajo religioso R-1 pertenece a la categoría de visados de trabajo para no inmigrantes de Estados Unidos, que es diferente del asilo político. El abogado Zang ofrece a los lectores la siguiente introducción básica.
De conformidad con la Ley de Inmigración y Nacionalidad de Estados Unidos (INA) §101(a)(15)(R), las personas que deseen entrar en Estados Unidos para trabajar temporalmente en grupos religiosos deben solicitar un visado R.Condiciones del visado R-1:
Entre los trabajadores religiosos se incluyen las personas designadas por grupos religiosos prominentes para dirigir servicios religiosos y realizar otras tareas (normalmente desempeñadas por el clero religioso), así como las personas que ejercen profesiones o trabajos religiosos. Para solicitar un visado de trabajador religioso, deben cumplirse los siguientes criterios:
– Debe pertenecer a una confesión religiosa sin ánimo de lucro reconocida por la legislación estadounidense.
– Su confesión religiosa y sus filiales (si procede) deben estar exentas de impuestos o tener estatus de exención fiscal.
– Debe cumplir los siguientes requisitos:
(a) haber sido miembro de una confesión durante los dos años anteriores a la solicitud del visado de trabajador religioso
(b) Planea servir como pastor de su denominación o desempeñar un trabajo religioso en un grupo religioso legal sin ánimo de lucro (o un afiliado exento de impuestos de dicho grupo).
(c) Haber vivido fuera de los Estados Unidos en el año anterior a la solicitud y haber prestado servicios en la denominación durante cinco años.
El visado R no permite la “doble intención”, es decir, la necesidad de demostrar el carácter vinculante del regreso del trabajador religioso al país.
La administración Trump ha endurecido sus políticas de inmigración, especialmente para aquellos que pueden suponer una carga pública para la sociedad estadounidense. Podemos ofrecerle asistencia profesional en caso de impago de salarios por parte de los empresarios y una aprobación cada vez más estricta. Póngase en contacto con Tsang & Associates si necesita ayuda.
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