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FORMULARIO I-290B – MOCIÓN PARA REABRIR

Dependiendo de su caso, se puede usar el Formulario I-290B, Aviso de Apelación o Moción para Reabrir con USCIS. Una Moción para Reabrir presenta nuevos hechos, evidencia que demuestra que la decisión adversa fue incorrecta. Mientras que una Moción para reconsiderar se basa en la evidencia presente cuando se presentó originalmente el caso, una Moción para Reabrir examina la evidencia recién presentada relevante para el caso.

Un ejemplo perfecto de cuándo presentaría una Moción para Reabrir es si USCIS rechaza su solicitud N-400 indicando que no se registró para el servicio selectivo, pero usted tiene nueva evidencia comprobando que si se registró.

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COSTOS LEGALES 

Nuestra estructura de tarifas es única para nosotros, ya que nos esforzamos por adaptar nuestros servicios para cada cliente individualmente. Adaptamos estándares de precios susceptibles de fluctuar para cada cliente. Los clientes pueden contratarnos para uno o todos los pasos/servicios anteriores de una Moción para Reabrir I-290B.

Estaremos encantados de personalizar una propuesta para usted durante una consulta. Consulte la siguiente información.

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PROCESO DE CONSULTA 

Paso 1: Agendar un sesión de estrategia para la Moción I-290B para Reabrir

Este es el paso más crucial para toda su Moción de Reabrir I-290B. Revisaremos la decisión de denegación de USCIS con todos los documentos de respaldo presentados anteriormente para crear una estrategia, una lista de verificación personalizada y un calendario que sirva como guía para toda la preparación del caso.

Paso 2: Preparar y enviar la Moción I-290B para Reabrir

Nuestros abogados elaborarán sus argumentos de Moción para Reabrir y completarán todos los formularios, organizarán los documentos de respaldo y ensamblarán los argumentos elaborados en los formatos de solicitud adecuados. Después de una revisión exhaustiva, enviaremos la solicitud a USCIS.

Paso 3: Responda a la Solicitud de evidencia (RFE) o Aviso de intención de denegar (NOID)

En caso de que USCIS emita una Solicitud de evidencia (RFE) o un Aviso de intención de denegar (NOID), nuestros abogados elaborarán una respuesta de manera oportuna para luchar por la aprobación de su Moción para Reabrir.

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MUESTRAS & PLANTILLAS 

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Informe del abogado: [se subira a nuestra pagina pronto] Proporcionaremos una muestra breve del abogado para la Moción I-290B.

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Carta de presentación: [se subira a nuestra pagina pronto] También proporcionaremos una muestra de carta de presentación para la Moción I-290B.

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Ejemplo de Solicitud de Evidencia: [se subira a nuestra pagina pronto] Las solicitudes de pruebas se pueden utilizar para fortalecer el caso.

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Formularios: Aquí hay una lista de los formularios que necesita USCIS.

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Ejemplo de lista de verificación: [se subira a nuestra pagina pronto] Analizamos la situación única del cliente y creamos listas de verificación personalizadas para fortalecer sus casos.

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Calculadora de tarifas de USCIS: Esto es para ayudar a calcular cuánto será la tarifa de presentación.

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Dirección postal de USCIS: Esta dirección es donde se envía por correo a USCIS.

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Calendario de procesamiento de USCIS : Esto lo ayudará a determinar cuánto tiempo llevará procesar.

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Oficinas de campo de ASC: Se enumeran las direcciones de las oficinas de campo para la biometría.

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PREGUNTAS FRECUENTES 

¿Que tipo de evidencia nueva se puede usar para la Moción de Reabrir?

Una Moción para Reabrir requiere evidencia nueva, que pueden consistir en declaraciones juradas u otra documentación que demuestre la elegibilidad para el beneficio de inmigración requerido. Los hechos nuevos implican información o circunstancias modificadas que no fueron consideradas y que no pudieron haberse presentado en el procedimiento inicial.

¿Puedo presentar una Moción para Reabrir una petición que fue denegada debido a que no se respondió a la solicitud de evidencia?

Sí, en algunos casos, puede presentar una Moción para Reabrir solo si puede demostrar que la evidencia solicitada no era material, la evidencia inicial requerida se presentó con la solicitud original, la solicitud de evidencia adicional se cumplió durante el plazo dado. período, o la solicitud de evidencia no fue enviada a la dirección registrada.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una Moción para Reabrir?

El formulario I-290B debe presentarse dentro de los 30 días de una decisión de USCIS o DOL. Si recibió el aviso de denegación por correo, tendrá 3 días adicionales para un total de 33 días para presentar una Moción.

¿Aceptará USCIS una presentación de Moción para Reabrir tarde?

La única forma en que USCIS aceptará una presentación tardía de su Moción es si se le otorgó una extensión basada en la discreción de USCIS debido a razones fuera de su control.

¿Cuánto tiempo llevará obtener una respuesta a mi moción para reabrir?

En promedio, USCIS adjudica Mociones dentro de los 90 días posteriores a la recepción del caso. Sin embargo, el tiempo real puede variar ya que las Mociones se procesan en el orden en que se reciben. Para verificar el estado de su moción, puede comunicarse con el Centro de contacto de USCIS al 800-375-5283 y solicite una “solicitud de servicio”.

¿Puedo presentar una Moción para Reabrir y una Moción para Reconsiderar al mismo tiempo?

Sí, las dos Mociones se pueden presentar al mismo tiempo; sin embargo, cada una requerirá la presentación por separado del Formulario I290B. Solo debe presentar la Moción para Reabrir y Moción para Reconsiderar si cumple con los requisitos y calificaciones. Cada moción se basa en un conjunto diferente de criterios, por lo tanto, se determinan por separado y debe proporcionar una base. Los solicitantes que solo califiquen para uno u otro NO deben presentar ambos.

¿Cuáles son las posibilidades de éxito de presentar una Moción para Reabrir? ¿Vale la pena hacer esto?

Las posibilidades de revertir con éxito la decisión adversa con I-290B dependen de su capacidad para presentar nuevas pruebas o leyes apropiadas que demuestren que USCIS tomó una decisión errónea en primer lugar. Por lo tanto, se recomienda encarecidamente contar con un abogado para que revise de manera experta la decisión de denegación inicial y determine si vale la pena presentar un I-290B.

¿Qué documentos necesito preparar para presentar una Moción para Reabrir?

Cada caso es único y requiere documentos específicos y pruebas documentales según el tipo de caso y la categoría del caso. Evaluaremos la base para la denegación, los antecedentes del caso y los posibles desafíos para elaborar una estrategia y presentar toda la documentación necesaria. En Tsang and Associates, nos especializamos en redactar escritos legales y cartas de presentación, y en encontrar pruebas documentales para revocar decisiones desfavorables.

¿Qué puedo hacer si se niega mi Moción para Reabrir?

Según su caso, puede presentar otra Moción para Reabrir o Apelar ante la AAO, la BIA o directamente ante el tribunal de distrito. Tenga en cuenta que solo puede apelar una decisión sobre una petición ante la AAO si la decisión original era apelable ante la AAO. La denegación de Mociones para Reabrir también se puede apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), al igual que la mayoría de los casos subyacentes. Y si la BIA niega la apelación, el asunto por lo general puede apelarse nuevamente ante la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de los Estados Unidos. Para determinar el curso de acción correcto, debe hablar con un abogado.

¿Vale la pena el costo?

Esto es algo que solo tú puedes decidir. Muchos casos tratan sobre la posibilidad de deportación, ruina financiera, cierre de empresas o incluso separación de la familia. Entendemos que navegar por la ley de inmigración puede ser aterrador y arriesgado; Nuestros abogados de inmigración en Tsang and Associates pueden ayudarlo a navegar la compleja estructura de la ley de inmigración, combinando años de experiencia con una mentalidad orientada a la solución, entregada con compasión y comprensión. Aspiramos a proporcionar la más alta calidad de trabajo, manteniendo tarifas razonables. La decisión depende de usted, y estaremos encantados de discutir una propuesta con usted.

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AGENDA UN SESION

Llámenos o envíenos un correo electrónico para agendar su consulta de 1 hora. Fáciles formas de pago del valor de la consulta ($250), por teléfono o en línea a través del enlace enviado en su correo electrónico. Si le gustaría tener una conversación rápida con nosotros antes de agendar su consulta, por favor agende una llamada de 10 minutos, utilizando el calendario.

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